Ley de transparencia

19.20 Información Institucional, organizativa y planificación

Funciones:

 En virtud de lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, la transparencia, el acceso a la información pública y el buen gobierno, la Federación Gallega de Actividades Subacuáticas, pone a disposición pública la siguiente información:

Las federaciones deportivas gallegas son entidades privadas sin ánimo de lucro que en conjunto de las funciones que son propias de su ámbito de aplicación en privado, mediante el ejercicio de las funciones públicas delegadas delegación (art 51.4 de la Ley 3/2012, de 2 de abril, el deporte de Galicia).

Artículo 51. Concepto

Las federaciones deportivas gallegas, además de las funciones propias de su ámbito de actuación privada, ejercen, en virtud de la presente ley, las funciones delegadas que se recogen en el artículo 56.4.

 Las funciones a las que se debe dar la publicidad se especifican en el arte. 56 de la Ley del Deporte en Galicia, y también figura en los respectivos estatutos federales.    Pincha aquí

 REGLAMENTOS APLICABLES:

–  LEY 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. 

–  DECRETO 85/2014, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Entidades Deportivas de Galicia.

– ORDEN de 8 de septiembre de 2010 por la que se establecen los criterios para la elaboración de reglamentos y la realización de los         procesos electorales en las federaciones deportivas gallegas.

– RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2009, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se dictan las Normas de buen gobierno de las federaciones deportivas de Galicia.

La información económica, presupuestaria y estadística. 

Dispone el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, bajo el título “información económica, presupuestaria y estadística”, en lo que resulta de aplicación a la Federación de Actividades Subacuáticas, que los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria que se indican a continuación:

. -Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así como las modificaciones del contrato. Igualmente serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. La publicación de la información relativa a los contratos menores podrá realizarse trimestralmente.   . -La relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Igualmente, se publicarán las encomiendas de gestión que se firmen, con indicación de su objeto, presupuesto, duración, obligaciones económicas y las subcontrataciones que se realicen con mención de los adjudicatarios, procedimiento seguido para la adjudicación e importe de la misma.   . -Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.   . -Los presupuestos, con descripción de las principales partidas presupuestarias e información actualizada y comprensible sobre su estado de ejecución.   . -Las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan.   . -Las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de este título. Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo.

 CONTRATOS.

De conformidad con lo significado en el artículo 8 a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se relacionan los distintos contratos suscritos por la Federación Gallega de Actividades Subacuaticas:

No existen contratos del sector público en vigor suscritos por la Federación Gallega de Actividades Subacuáticas.

CONVENIOS.

De conformidad con lo significado en el artículo 8 b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se relacionan los distintos Convenios suscritos por la Federación Gallega de Actividades Subacuáticas:

Convenio 2015              Convenio 2016
Convenio 2017              Convenio 2018
Convenio 2019              Convenio 2020
Convenio 2021              Convenio 2022
Convenio 2023              Convenio 2024

SUBVENCIONES Y AYUDAS PÚBLICAS.

De conformidad con lo significado en el artículo 8 c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se relacionan las siguientes ayudas y subvenciones públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios:

·        Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2015 por importe de  18.755,00 euros.

·        Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2016 por importe de 15.430,00  euros

·        Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2017 por importe de 15.754,20  euros.

.        Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2018 por importe de 17.419,00  euros.

.        Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2019 por importe de 18.646,00 euros.

.        Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2020 por importe de 18.556,00 euros.

.        Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2021 por importe de 19.056,00 euros.

.        Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2022 por importe de 19.912,00 euros.

 .       Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2023 por importe de 20.616,00 euros.

.        Subvención concedida por la Secretaría Xeral para o Deporte del año 2024 por importe de 21.542,00 euros.

 

PRESUPUESTOS.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 d) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se acompaña copia de la documentación allí referenciada.

 

CUENTAS ANUALES.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 d) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se acompaña copia de la documentación allí referenciada.

Cuentas de Pérdidas y Ganancias 2014
Balance de Situación 2014
Cuentas de Perdidas y Ganancias 
Balance de Situación del 2015 
Cuentas de Perdidas y Ganancias del 2016
Balance de Situación del 2016
Cuentas de Pérdidas y Ganancias del 2017
Balance de Situación del 2017
Cuenta de Pérdidas y Ganancias del 2018
Balance de Situación del 2018
Cuenta de Pérdidas y Ganancias del 2019
Balance de Situación del 2019
Cuenta de Pérdidas y Ganancias del 2020
Balance de Situación del 2020

Cuenta de Pérdidas y Ganancias del 2021
Balance de Situación del 2021

Cuenta de Pérdidas y Ganancias del 2022
Balance de Situación del 2022
 

MEMORIA DE CUENTAS AÑO 2014, (Pincha aquí)

MEMORIA DE CUENTAS AÑO 2015 (Pincha aquí)

MEMORIA DE CUENTAS AÑO 2016 (Pincha aquí)

MEMORIA DE CUENTAS AÑO 2017 (Pincha aquí)

MEMORIA DE CUENTAS AÑO 2018 (Pincha aquí)

MEMORIA DE CUENTAS AÑO 2019 ( Pincha aquí )

MEMORIA DE CUENTAS AÑO 2020 ( Pincha aquí )

MEMORIA DE CUENTAS AÑO 2021 (Pincha aquí)

MEMORIA DE CUENTAS AÑO 2022 (Pincha aquí)

 

INFORME DE AUDITORIA.

De acuerdo con el artículo 2.3 de la Resolución de la Secretaría General para el Deporte de 23 de mayo de 2011, por la que se regulan determinados aspectos de la contabilidad de las asociaciones deportivas gallegas, al hablar de las federaciones deportivas, aprobadas las cuentas, estas se presentarán, junto a la memoria descriptiva de las actividades realizadas durante el ejercicio económico, en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia para su inscripción; asimismo, deberán presentar al citado Registro un informe de auditoría de sus cuentas anuales aquellas federaciones deportivas gallegas que resulten obligadas conforme al plan de auditorías aprobado por la Administración deportiva autonómica a comienzos de cada ejercicio.

Anualmente se incorporarán al plan un porcentaje de federaciones, de forma que, cada cuatro años, todas hayan presentado dicho informe. 

Informe Auditoria (CFR) de las cuentas año 2014

Informe Auditoria (xunta) de las cuentas año 2014

Informe Auditoria (xunta) de las cuentas año 2015

Informe Auditoria (xunta) de las cuentas año 2020

Informe Auditoria (Xunta) en el año 2021 de las cuentas 2020

Informe Auditoeria (xunta) de las cuentas año 2022

RETRIBUCIONES DE LOS ALTOS CARGOS Y MÁXIMOS RESPONSABLES.

Ningún directivo ni miembro de los órganos de gobierno federativo percibe retribución alguna por el ejercicio de dichos cargos directivos o asamblearios.

Los importes máximos subvencionables por gastos de mantenimiento, alojamiento y desplazamiento, sin perjuicio de que se les abonen a las personas trabajadoras los importes previstos en la regulación que les sea de aplicación, serán los previstos en el Decreto 144/2001, de 7 de junio , sobre indemnizaciones por razón del servicio al personal con destino en la Administración Autonómica de Galicia para el grupo II, modificado por varios decretos posteriores (96/2011, de 5 de mayo , y 144/2008, de 26 de junio ), estableciendo:

- Manutención completa: 44,09 €
- Media manutención: 22,04 €
- Alojamento: 77,78 €
- Kuilometraje en vehículo particular: 0,26 € / km

La Federación Gallega de Actividades Subacuáticas no tiene ningún miembro de alta dirección en el sentido expuesto por el Real Decreto 1382/1985 de 1 de agosto relativo a la Alta Dirección.