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RESUMEN DE AUTORIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE ESCUELAS DE BUCEO:
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Deben estar en posesión de la autorizacón expresa, mediante expediente de solicitud, de la Administracion Española, con carácter definitivo o provisional. Según estipula la Orden de 1973, artículo 32 y siguientes.
Hasta 1996, dichos permisos los concedió la Inspección General de Enseñanzas Náutico Pesqueras. En la actualidad, dichas competencias están traspasadas a la Xunta de Gacicia (Deportes y Presidendcia) que no ha fijado el departamento que se encargara de la tramitacion de los expedientes y la autorización.
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Deben estar dirigidas por un instructor con titulación española (MAPA) o con cualquier otra homologado por la Administraciono Española, y cumplir los requisitos establecidos al efecto, según estipula la Orden de 1973.
En la actualidad, y desde hace muchos años, las únicas titulacines homologadas por el Estado Español son las FEDAS/CMAS, que también están avaladas por el Consejo Superior de Deportes, quien en su momento aprobó los programas de enseñanza como estipula la legislacion vigente. La propia ley del Deporte de 1990 reconoce a las Federaciones Deportivas españolas funciones de carácter administrativo en representación, y por delegación, del Estado.
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Los cursos de buceo solo pueden realizarse en la Escuela Nacional de Actividades Subacuáticas o en clubes federados según las normas establecidas, según estipula la orden de 1973.
Cualquier acticidad de enseñanza en tiendas deportivas, sino están incluidas dentro de un club federado es decir, perteneciente a la Federación respectiva) no es legal y por lo tento no puede ser autorizada.
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Desde 1995 todas la Asociaciones Deportivas Internacionales pueden implantarse en España. Para ello, deben cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1325 de dicho año. Deben solicitar la inscipción en el registro del Consejo Superior de Deportes, que les concedrá la autorización una vez estudiado el expediente de solicitud.
Por lo tanto, desde la promulgación del referido Real Decreto, todas las entidades de carácter internacional que deseen enseñar a bucear con botellas, deben se contar con la autorización del Consejo Superior de Deportes.
Hasta el momento muchas entidades internacionales dedicadas al buceo han estado dedicándose a la enseñanza del buceo, evidentemente de una forma ilega, pero a partir de 1995 no pueden estrimir falta de legislación al respecto.
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