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REGLAMENTO
DE PESCA SUBMARINA
Art. 1
ORGANIZACIÓN Y CONTROL
1.1 La FEDERACIÓN
GALLEGA DE ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS, en lo
sucesivo FEGAS,
promociona y supervisa el CIRCUITO GALLEGO Y LOS
CAMPEONATOS GALLEGOS DE PESCA SUBMARINA.
Autoriza también a los Clubes la realización
de sus COMPETICIONES SOCIALES puntuables
para seleccionar a sus deportistas. Siendo este Reglamento de
obligado cumplimiento.
1.2 El control
técnico del Circuito y Campeonatos Gallegos, dependerá de un Jurado
de Competición compuesto y presidido por un Comisario General, que
será el Presidente de la FEGAS,
o la persona en quien éste delegue. Por el Delegado del Pesca
Submarina de la FEGAS, o su
representante. Por dos Delegados de la FEGAS,
miembros del Comité de Pesca, quienes formarán el núcleo jurídico
de la Competición. Estará integrado además por el Director de la
Prueba y el Médico, preferentemente diplomado en medicina deportiva,
y nombrados ambos por el Club Organizador. También formarán parte
del jurado, dos pescadores de diferentes Clubes participantes en la
prueba, elegidos por sus compañeros.
1.3 El Comisario
General, además de presidir el Jurado de Competición, representa en
todo momento la máxima autoridad de la FEGAS.
Salvo que se persone el Presidente de la misma.
1.4 Al Comisario
General, máxima autoridad organizadora y responsable de la evolución
de la prueba, lo auxiliarán tantos Comisarios como embarcaciones de
participantes haya.
1.5 El Director
de la Prueba, cuidará en el mar de los detalles técnicos que la
hagan posible. Señalará el comienzo y el final de la de la
competición y controlará el regreso de los participantes.
1.6 El Director
de la Prueba, El Comisario General y los Comisarios auxiliares de la
FEGAS, están facultados para inspeccionar cualquier embarcación de
los participantes, y podrán saber en todo momento la cantidad de
piezas puntuables que lleva cada deportista. Esta información será
confidencial y no podrá hacerse pública hasta la finalización de
la prueba.
1.7 En todas las
competiciones habrá un “COORDINADOR DE
SEGURIDAD”, responsable del protocolo de
seguridad y evacuación de la prueba. (Real Decreto 62/2008). Esta
responsabilidad también podrá recaer en el Comisario General o en
el Director de la Prueba.
En el caso de
accidente de algún deportista o persona integrada en la competición,
se avisará por la emisora (canal 69) al barco del Director de la
Prueba y bajo el criterio del médico, será el Coordinador de
Seguridad quién determine el procedimiento de traslado a seguir,
dependiendo siempre de la gravedad del accidente.
1.8 El pesaje
y clasificación dependerá del Comité Técnico Territorial
de Árbitros, a través del nombrado Comisario General, auxiliado
por tantos Comisarios pesadores y anotadores como hagan falta. Los
auxiliares encargados de la pesada deberán cuidar y proteger el
pescado para que no se deteriore. El orden de la pesada se hará
previo sorteo de la numeración de los sacos. Se comenzará por el
número resultante del sorteo y en forma ascendente. Si la
competición se desarrollase en dos jornadas, la segunda comenzaría
por el mismo número y en sentido inverso a la primera jornada.
1.9 La FEGAS,
facilitará a todos los clubes el nuevo impreso o soporte
informático, para realizar la pesada con arreglo a la Orden del 17
de setiembre 2009 por la que se desarrolla el Decreto 211/1999.
D.O.G. nº. 188. Estas hojas de pesada, se remitirán de inmediato a
la FEGAS quien a su vez
confeccionará las Actas Oficiales y enviará a la Consellería do
Mar, el listado de las capturas por especies y pesos en un formato
único para todas las competiciones de pesca submarina.
1.10 El Control
Técnico de las Competiciones Sociales, dependerá de un Jurado de
Competición formado por los directivos del club organizador o
personas en quien estos deleguen. Todos los Directivos y Técnicos
que ejerzan como tales, tienen la obligación de poseer la Licencia
Federativa de Directivo o Técnico. La FEGAS
no les podrá conceder a los Clubes el permiso de la competición ni
la certificación del seguro de Responsabilidad Civil de la prueba,
si carecen de estas Licencias. Salvo que el Club o la Sociedad
Deportiva que organice la competición, disponga de una póliza de
seguro particular de Responsabilidad Civil, que le cubra estas
competiciones.
1.11 Todas las
competiciones se desarrollará con arreglo al Real Decreto 62/2008 de
fecha 25/01/08, sobre Seguridad Marítima.
Art. 2
INSCRIPCIONES
-
-
Las inscripciones
del Circuito y Campeonatos Gallegos, se remitirán por correo al
domicilio de FEGAS, (Delegado de Pesca), con UN MES de antelación
a cada prueba. No se admitirán inscripciones, vencidos tres
días de la fecha límite reglamentada. Los clubes enviarán un
listado de sus participantes, junto con la siguiente documentación:
-
De los deportistas,
fotocopias de la licencia federativa y de pesca.
-
De los lancheros,
fotocopias de la licencia federativa y de la titulación de patrón.
-
De las
embarcaciones, fotocopia del pago del seguro y emisora VHF
La FEGAS,
enviará al Club organizador, la Hoja de Control con todos los
participantes, lancheros y auxiliares para su conocimiento y
preparación de la logística.
Los clubes y los
deportistas remitirán esta documentación a la FEGAS
en la primera prueba que participen, también cuando renueven sus
tarjetas y en todos los cambios de embarcaciones y de lancheros.
Ante cualquier
engaño en la personalidad del lanchero, si este no concuerda con la
titularidad de la documentación presentada, y también de la
embarcación inscrita, que se sustituya por otra sin aportar la
debida documentación. La FEGAS abrirá un expediente disciplinario a
los deportistas que provoquen estas situaciones tan graves.
-
-
Podrán participar
en las pruebas del Circuito Gallego, aquellos deportistas cuyos
clubes presenten un listado de sus seleccionados acorde con lo
reglamentado en las “Normas
de Participación en Campeonatos Gallegos”, y hayan realizado ya
sus Campeonatos Sociales, o estén en fase de realización.
Debiendo remitir las actas con un máximo de 10 días después de
finalizar los mismos, a la FEGAS.
-
Podrán
participar en el Campeonato Gallegos Individual un máximo de
veinticinco (25) deportistas, que previamente se hayan clasificado
en el Circuito Gallego, con el reparto siguiente: Una plaza
para el ganador del Cpto. Gallego anterior. Otra plaza que
corresponde al club organizador, (si lo hubiese). (¿x?) plazas
para los deportistas seleccionados acreditados por la F. Nacional,
y el resto de los participantes será el número que resulte
cuando se conozcan los seleccionados, completando los 25.
2.4 Podrán
participar en el Campeonato Gallego de Clubes por Equipos, las
selecciones de tres deportistas presentadas por su club, acorde con
lo reglamentado en las “Normas de Participación en Campeonatos
Gallegos”.
También podrán
participar en el Campeonato Gallego Individual y de Equipos de
Clubes, otros deportistas y equipos invitados por la FEGAS,
previa notificación al Comité de Pesca.
2.5 Los
participantes aportarán sus propias embarcaciones, cuyo motor
no tendrá limitación de potencia. Estas embarcaciones estarán
legalmente documentadas, estando obligadas por Ley a llevar una
emisora VHF o un Talky. (durante la competición se usará el canal
69). En las pruebas del Circuito Gallego y Campeonato Gallego
Individual, en cada embarcación se permite ir un máximo de dos (2)
pescadores y un lanchero. Por motivos de seguridad, no se permitirá
la participación de ningún deportista cuyo barco no lleve lanchero.
En el Campeonato
Gallego de Equipos de Clubes, se permite ir en cada embarcación un
máximo de tres (3) pescadores, permaneciendo uno durante toda la
prueba en la embarcación haciendo de lanchero.
2.6 Los
participantes deberán ser españoles y tener 18 años cumplidos. En
el Campeonato Gallego Individual, representarán al club que figura
en su Licencia Federativa por el que participaron y obtuvieron la
clasificación en el Circuito Gallego. En el Campeonato Gallego de
Clubes por Equipos, representarán al club que figura en su Licencia
Federativa por el que compitieron en los Sociales. No podrán
participar en el Circuito Gallego ni en los Campeonatos Gallegos
Individual y de Equipos, aquellos deportistas que estando afiliados a
más de un club dependiente de esta FEGAS
y poseyendo más de una licencia federativa, hayan participado en
Campeonatos Sociales clasificatorios para asistir a estas pruebas por
diferentes clubes. Tampoco podrán participar en estos Campeonatos,
aquellos deportistas que posean Licencia Federativa por más de una
Comunidad y hayan participado en campeonatos clasificatorios para
los Nacionales ajenos a esta FEGAS.
2.7 El hecho de
formalizar la inscripción, obliga a los participantes a acatar en
todo momento lo dispuesto en el presente Reglamento, así como las
instrucciones complementarias que pudiera señalar la Organización,
o en último caso el Comisario General.
2.8 La FEGAS,
la Organización, y todos los servicios oficiales del campeonato,
están exentos de cualquier responsabilidad que emane de accidente
deportivo a participantes, bienes o personas integradas o no en la
competición. Los deportistas y todo el personal auxiliar de la
Organización estarán en posesión de la Licencia Federativa.
Art. 3
PRESENTACIÓN
3.1 Los
participantes deberán presentarse el día de la competición, en el
lugar y hora que señale la Organización para su inscripción
definitiva. Se les entregarán los números de control, bolsas de
comida, etc., junto con las instrucciones complementarias. Todos
los barcos participantes, tienen obligación de salir del lugar del
control de la prueba. Los lancheros como responsables del manejo
de las embarcaciones, firmarán una certificación conforme han
verificado los elementos de seguridad y emisora, exigidos en el Real
Decreto 62/2008 para las pruebas náuticas de competición. Están
obligados a llevar puesto el chaleco salvavidas en las competiciones,
desde la salida de puerto al regreso.
Art. 4
COMPETICIÓN
4.1 El
Campeonato Gallego Individual, constará de dos jornadas consecutivas
con una duración por prueba, máxima de cinco horas y mínima de
cuatro. La Organización designará una zona de pesca para el
desarrollo de cada jornada de Competición. Designará también las
zonas de reserva, para el caso de que por mal tiempo no pueda
celebrarse la competición en las zonas previstas. Estas zonas serán
comunicadas a FEGAS y a los
Clubes participantes, con UN MES de antelación.
El Campeonato
Gallego de Clubes por Equipos, constará de una jornada con una
duración máxima de cinco horas. La Organización designará la
zona de competición y la zona de reserva. Estas zonas serán
comunicadas a FEGAS y a los
Clubes participantes, con UN MES de antelación.
4.2 En el
Campeonato Gallego Individual, el orden de las zonas de pesca se
decidirá el día anterior a la prueba, a la vista del estado del
mar, decisión a tomar por el Jurado de Competición.
4.3 Los
participantes clasificados en el Circuito Gallego, confirmarán su
voluntad de participar mediante la inscripción que remitirá su club
a la FEGAS, UN MES antes de
la prueba. Una vez presentada la inscripción, el deportista que por
distintas causas no pudiese asistir, esta obligado a comunicarlo a su
club y a la FEGAS para avisar
con tiempo al siguiente en la clasificación.
En el Campeonato
Gallego de Clubes por Equipos, confirmarán su voluntad de participar
mediante la inscripción que remitirá su club a la FEGAS,
UN MES antes de la prueba. Una vez presentada la inscripción, el
deportista que por distintas causas no pudiese asistir, esta obligado
a comunicarlo a su Club, para que éste comunique a la FEGAS
el sustituto, con arreglo a la clasificación Social.
4.4 Si por mal
tiempo u otra causa de fuerza mayor debiera suspenderse alguna de las
jornadas, total o parcialmente, el Campeonato será válido si se ha
podido pescar un mínimo de tres (3) horas consecutivas.
Si en una jornada se
pescara durante tres (3) horas consecutivas, o mayor tiempo, y en la
otra un tiempo inferior o superior, valdrán los resultados de la
suma de ambas jornadas. La suspensión total o parcial, (por motivos
de seguridad), antes de iniciarse la prueba o durante el desarrollo
de la misma, será decisión a tomar por el Coordinador de Seguridad.
Por otros motivos,
la decisión a tomar será por el Jurado de Competición
antes de iniciarse las pruebas, y por el Comisario General o el
Director de la Prueba (con el consentimiento del Comisario General),
durante el desarrollo de la misma.
4.5 Los
participantes usaran sus propios medios de locomoción señalados en
el apartado 2.3. En caso de avería avisarán por la emisora
(canal 69) al barco del Director de la Prueba, quien les auxiliará y
tomará las decisiones adecuadas, conjuntamente con el Comisario
General.
4.6 El
reconocimiento de las zonas de pesca podrá efectuarse los días
que interesen a cada participante, excepto el día anterior al
comienzo del Campeonato, no permitiéndose la utilización de fusil
lanza arpones, ni aparatos de respiración autónomos o
semiautónomos.
4.7 Esta prohibido
el uso de "scooter" submarino.
4.8 Se prohíbe
terminantemente el embarque de persona alguna ajena a la Organización
o a los medios de control técnico de la FEGAS.
Será motivo de descalificación.
4.9 Las
embarcaciones particulares auxiliares que lleven Comisarios,
Periodistas. etc. y estén autorizadas por la FEGAS,
deberán estar previamente registradas en la hoja de control de la
competición, así como todos sus tripulantes. Los clubes
organizadores deben enviar a la FEGAS
con un mes de antelación, fotocopias de los seguros de las lanchas,
de la titulación de los patrones y de las licencias federativas de
los tripulantes.
Art. 5 ÚTILES
DE PESCA
5.1 Podrán
emplearse los útiles normales para la práctica de la pesca
submarina que no contravengan las disposiciones legales vigentes,
siendo de uso obligatorio el cuchillo y la boya de colores vivos con
la bandera alfa.
Art. 6 ÚTILES
DE CONTROL
-
-
La Organización
entregará a cada deportista participante los suficientes
sacos numerados para introducir las capturas. Los sacos no
podrán contener agua en el momento de ser presentados con
las capturas para el pesaje. Será motivo de penalización.
QUEDA
TERMINANTEMENTE PROHIBIDO EL USO DE PORTAPECES EN EL CUERPO.
EL ÚNICO TIPO DE
PORTAPECES AUTORIZADO SERÁ AQUEL QUE CUELGUE EN TODO MOMENTO DE LA
BOYA DE CADA PESCADOR.
-
-
La boya portando
la bandera alfa es de uso obligatorio. Ésta será de
colores vivos, de forma que sea fácilmente localizable, y
bajo ningún pretexto el deportista dejará de utilizarla durante
el tiempo que dure la competición, pescando en todo momento dentro
del radio de 25 metros. Como medida de seguridad, en las pruebas
del Circuito Gallego y Campeonato Gallego Individual, se permite
el uso de dos boyas, (el lanchero pondrá una siempre al lado del
deportista y seguidamente recogerá la otra boya).
-
En el Campeonato
de Equipos, la pareja que esté pescando llevará una sola boya de
la que colgará un solo portapeces y los dos pescadores
permanecerán dentro del radio de los 25 metros. Como medida
de seguridad, en la prueba Campeonato Gallego de Clubes por
Equipos, se permite el uso de dos boyas, (el lanchero pondrá una
siempre dentro del radio reglamentado de la pareja que permanezca
pescando y seguidamente recogerá la otra boya).
Art. 7
DESARROLLO DE LA PRUEBA
7.1 La
competición se iniciará con una salida neutralizada desde el puerto
base a la medianía de la zona de competición. Todos los barcos
navegarán agrupados tras el barco del Comisario General, en la
salida y en el regreso. Las órdenes de comienzo y final de la
prueba serán dadas por el Director de Prueba. También indicará, el
tiempo adicional para llegar al punto de concentración fijado
finalizada la prueba. Para entregar el saco con la pesca, una vez
se llegue a puerto, hay un tiempo máximo de 10 minutos.
7.2 Los
participantes no podrán cambiar de embarcación en ningún momento.
En caso de avería, el lanchero de la embarcación lo pondrá en
conocimiento del Director de Prueba, (llamando por la emisora canal
69), el cual adoptara las medidas que mejor estime. Mientras
no se adopte medida alguna, el participante podrá seguir pescando,
sin separarse más de 25 metros de su boya.
7.3 Los
participantes procurarán no entorpecerse entre sí. No existe
una distancia mínima de separación entre participantes, salvo
cuando la visibilidad en el agua sea inferior a cuatro (4) metros, en
cuyo caso tendrá que haber una separación de diez (10) metros como
mínimo entre ellos. Los lancheros de embarcación cuidarán
especialmente del cumplimiento de esta norma, denunciando cualquier
infracción al Director de la Prueba.
7.4 Cuando se
desplacen con la embarcación, los lancheros pondrán sumo
cuidado en no entorpecer al resto de los participantes,
efectuando los desplazamientos lo suficientemente alejados y
respetando el mínimo de 25 metros de cualquier boya, inquiriendo de
cualquier lanchero la situación de sus deportistas, para evitar así
cualquier molestia o accidente. El barquero no podrá en ningún caso
remolcar la boya de su/s pescador/es. Será motivo de penalización.
LOS PARTICIPANTES
TIENEN PROHIBIDO SEPARARSE DE SU BOYA MAS DE 25 METROS
7.5 Los
lancheros de embarcación, además de pilotar la misma y cuidar del
cumplimiento de este Reglamento, facilitarán a sus pescadores los
útiles reglamentarios que lleven en la embarcación. También podrán
desenganchar los peces del arpón, si el pescador lo solicita, y
guardarlos en el saco numerado. En ningún caso podrá el lanchero
cargar el fusil, ya que esto es exclusiva competencia de los
deportistas y sus propias fuerzas. También está prohibido y
penalizado desplazar al deportista a remolque de las embarcaciones.
7.6 Sin salir de
la zona de competición, cada pescador podrá descansar o cambiar de
lugar cuantas veces lo desee. Si por cansancio, indisposición o
cualquier otra causa, un pescador decide abandonar la prueba, deberá
subir a su embarcación y comunicárselo por la emisora al Director
de la Prueba, quien conocida la situación le dará las instrucciones
adecuadas. Será válida para su clasificación la pesca obtenida
hasta aquel momento.
7.7 Durante la
prueba, y desde las embarcaciones oficiales, se emplearán las
señales y comunicaciones siguientes:
- Las comunicaciones
entre participantes o con las lanchas de Control, Comisario General o
Director de la Prueba, se mantendrán a través de las emisoras y
por el canal 69. (Todas las embarcaciones implicadas en la
competición, permanecerán a la escucha por este canal, salvo cambio
previo anunciado por el Director de la Prueba).
- BANDERA
ROJA: Demanda de socorro.
- BANDERA
BLANCA Y PITIDOS DEL DIRECTOR DE PRUEBA: Final de
la competición.
- Los pescadores y
lancheros están obligados a conocer la hora final de la prueba y el
tiempo adicional de reunión, indicados en la salida. En este caso
los participantes cesarán en el acto de pescar, subiendo
inmediatamente a sus respectivas embarcaciones. Deberán permanecer
agarrados a la boya, y con el fusil descargado visible fuera del
agua, hasta que sean recogidos. Bajo la autorización del Director de
Prueba podrán recuperar el material que ocasionalmente les haya
quedado en el fondo al término de la prueba.
7.8 Finalizada la
jornada de competición, todas las embarcaciones en el plazo de
tiempo margen anunciado, deberán reunirse en la situación fijada
por el Director de la Prueba, para efectuar el control de todos los
participantes, e iniciar el regreso al puerto base.
7.9 Los retrasos
en el tiempo margen de llegada al punto de control fijado por el
Director de la Prueba serán objeto de las siguientes penalizaciones:
- Hasta 5 minutos de
retraso ...................... 2.000 puntos
- Cada minuto
siguiente o fracción ...............500 puntos
- Superior a 11
minutos ............................ Descalificación
Art. 8 PIEZAS
VÁLIDAS Y PUNTUACIÓN
8.1 Serán válidas
las piezas que se presenten al pesaje bajo las siguientes
condiciones:
a) Peso para pieza
válida: 1.000 gramos. Exceptuando los meros que serán de 3.000 gr.
b) Capturadas por el
participante vivas y en estado de libertad.
c) Pertenecer a la
clase “peces”, con exclusión del pez Luna, los batoideos (rayas,
etc) y los peces planos, (rape, rodaballo, lenguado, solla, etc.).
También quedan excluidos los CONGRIOS
y las MORENAS, así como los
cefalópodos, crustáceos, moluscos y escualos.
d) Serán válidos
solamente 3 peces BALLESTA
por participante.
e) Serán válidos
solamente 5 MUJELES por
participante.
8.2 Las piezas
válidas puntuarán un punto por gramo, más 1.000 puntos de
bonificación por pieza.
8.2.a EN
EL CPTO. GALLEGO INDIVIDUAL EXCLUSIVAMENTE. Para
la especie de los Lábridos, (Pinto-Maragota), el peso
computable como pieza válida será de 1.300 grs.
8.3 Los grupos de
especies se bonificarán con 1.000 puntos.
8.4 Las piezas
de peso superior a 15 Kg., puntuarán sólo 15.000 puntos más los
1.000 de bonificación por pieza. No obstante para el premio a la
pieza mayor valdrá el peso real.
8.5 Las piezas
que no alcancen en su peso el 90% del peso mínimo, penalizarán de
la siguiente forma:
- Piezas de menos de
900 gramos .......................... 1.000 puntos
- Lábridos de
menos de 900 gramos ………….. 1.000 puntos (Cpto. Gallego
Individual)
8.6 Si la
competición tuviese que desarrollarse en zona “B” de reserva, no
se variará lo establecido para las zonas de competición “A”.
8.7 La suma de
los puntos correspondientes a las piezas válidas, más las
bonificaciones por piezas y la bonificación por grupos
de especies, determinarán la clasificación individual.
8.8 La totalidad
de las capturas quedarán en poder de la Organización, la cual
dispondrá de ellas con arreglo a las disposiciones vigentes.
Art.
9 CLASIFICACIÓN GENERAL
9.1 Se obtendrá
por la suma total de puntos obtenidos por cada participante,
al término de las dos jornadas del Campeonato. El deportista que
consiga la puntuación más alta, será proclamado CAMPEÓN
GALLEGO.
En el Campeonato de
Equipos, la clasificación general se obtendrá por la suma de puntos
obtenida en pesada única por el saco común de los tres deportistas
que configuran el equipo. El equipo que consiga la puntuación más
alta, será proclamado CAMPEÓN GALLEGO.
En caso de empate en
la clasificación, se resolverá a favor del deportista o equipo que
tenga mayor número de piezas válidas. De persistir el empate se
resolverá a favor del que tenga la pieza mayor de peso real.
9.2 Asistencia al
Campeonato de España de Clubes por Equipos. El Club ganador de la
plaza, debe enviar un equipo en el que como mínimo participen 2
componentes del equipo que consiguió la plaza. Si no se cumple esta
decisión se le otorgará la plaza al club siguiente en la
clasificación y en los mismos términos.
Si el Club titular
de la plaza, ejerce su derecho enviando otro equipo que no sea el que
la consiguió, asumirá por su cuenta todo el gasto que genere. La
F.E.G.A.S. no lo subvencionará.
Art. 10
SANCIONES
10.1 Serán
sancionadas CON DESCALIFICACIÓN,
las siguientes faltas:
a) La ayuda o
colaboración entre participantes ó personas ajenas a la
organización, salvo en caso de peligro ó accidente.
b) Presentar al
pesaje piezas no capturadas en libertad ó recogidas muertas, así
como cometer fraude en el peso de las mismas.
c) La captura de
batoideos, crustáceos, moluscos, cefalópodos, escualos o piezas
reseñadas no válidas en la competición.
d) El haber pescado
fuera de los límites señalados como zona de prueba.
e) Cargar y
mantener el fusil cargado fuera del agua.
f) Llevar uno o más
fusiles cargados en la boya.
g) Pescar sin boya o
sin llevar la bandera alfa en boya y lancha, y estando
separado de la boya más de 25 metros.
h) Efectuar
maniobras, ruidos o movimientos con la embarcación para encovar el
pescado.
I) El varar la
embarcación en la orilla sin causa justificada.
j) La
desconsideración con cualquier miembro del Jurado de Competición,
de la Organización, del Control Técnico y de los Comisarios.
k) Formular
reclamaciones sin seguir el conducto reglamentario.
l) El abandonar la
competición sin comunicarlo al Director de Prueba.
m) Todo aquel
participante que no observe conducta decorosa durante la competición,
promoviese escándalo en las instalaciones, o causase daños, será
automáticamente descalificado. Tendrá que comparecer ante el Comité
de Disciplina Deportiva de la FEGAS
en cumplimiento de los Estatutos.
n) Llevar porta
peces en cualquier parte del cuerpo.
ñ) Presentar en la
pesada el saco de las capturas conteniendo excesiva agua. (solo se
permite el agua de la propia merma natural).
o) Engañar en la
titularidad del patrón y en la documentación del barco inscrito.
NO SE PODRÁ
PRESENTAR EL SACO DE LAS CAPTURAS DENTRO DE CAPACHOS O NEVERAS.
10.2 Cuando el
Comisario General, el Director de la Prueba o los Comisarios
ayudantes, sean testigos de una infracción cometida por algún
participante, se dirigirán a este y se lo advertirán. Dependiendo
de la gravedad de la infracción, o de su reiteración, reunirán al
Jurado de Competición una vez terminada la prueba, para enjuiciar y
aplicar la sanción correspondiente.
Art. 11
RECLAMACIONES
11.1 El conducto
reglamentario será del participante al Comisario General, que la
trasladará al Jurado de Competición. Se cursarán siempre por
escrito, acompañadas de veinte (20) euros, los cuales se devolverán
en caso de fallo favorable a la reclamación. Las resoluciones del
Jurado de Competición se tomarán en secreto, por mayoría simple de
votos y serán inapelables. En caso de empate el voto del Comisario
General será dirimente.
11.2 Los plazos de
presentación de reclamaciones finalizarán:
a) Transgresiones
al Reglamento: antes del pesaje de la jornada y por escrito.
b) Errores en la
clasificación: 15 minutos después de que sea publicada en los
tableros de información o entregadas las hojas individuales de
pesada. (ésta reclamación no necesita presentarse por escrito).
ORGANIZACIÓN
Transcurridos dichos
plazos, el Comisario General firmará el acta de la Competición,
homologando los resultados que serán firmes e inapelables, con el
Vº. Bº. del Presidente de
la FEGAS.
Art. 12
MODIFICACIONES
-
-
El presente
Reglamento proviene de las normas generales establecidas por la
FEDAS y por el Real Decreto
62/2008.
Ha sido actualizado,
en base a los acuerdos del Comité de Pesca Submarina de la FEGAS,
y criterios de la Federación Gallega de Actividades Subacuáticas.
Los acuerdos anuales han sido aprobados en Asamblea General de la
FEGAS del 2008, 2009, 2011 y
2012.
Este Reglamento es
vinculante para todas las pruebas Sociales de competición,
clasificadoras para asistir al Circuito Gallego y Campeonato Gallego
de Equipos. No podrá ser objeto de modificación alguna que no se
apruebe en la Asamblea General anual de la FEGAS.
12.2 Para
cualquier cuestión no prevista en este reglamento, el Jurado de
Competición estará facultado para resolver y decidir de forma
inapelable.
12.3 La FEGAS
hará llegar este reglamento a todos los Clubes, para que le den
traslado a sus Delegados de Pesca y Comisarios Autonómicos. También
se expondrá en la página web de FEGAS,
para que pueda ser consultado por todos los deportistas.
Fmdo.: José Antonio
Saá Blanco – PRESIDENTE DEL COMITÉ –
SECRETARIO FEGAS
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